
Asambleas
Trazabilidad e histórico de votaciones: la mejor defensa ante una impugnación
Las decisiones contrarias a la ley o al reglamento se pueden impugnar. Guarda quién votó, qué votó, cuándo y con qué coeficiente. Así se hace.
Equipo TREBET · · 4 min de lectura

Una decisión de asamblea puede impugnarse si no se ajusta a la ley o al reglamento (Ley 675, art. 49). La mejor defensa es la trazabilidad: un registro de quién votó, qué votó, cuándo y con qué coeficiente, más el cálculo del quórum y la mayoría. El acta debe recoger esa información y estar disponible en 20 días hábiles (art. 47).
La demanda llegó cuatro meses después
Un propietario impugnó la cuota extraordinaria aprobada en la asamblea. Su argumento: «No se alcanzó la mayoría». La administración buscó las papeletas: estaban en una caja, sin coeficientes anotados. El acta decía «aprobado por mayoría». Nadie podía demostrar cuánto era esa mayoría.
Qué exige la ley
La Ley 675 es precisa:
- Actas (art. 47): firmadas por presidente y secretario; deben indicar si la reunión es ordinaria o extraordinaria, la convocatoria, el orden del día, los asistentes, sus unidades, coeficientes y votos. Copia disponible en 20 días hábiles.
- Reuniones no presenciales (art. 42): prueba inequívoca que identifique al emisor, el contenido y la hora.
- Impugnación (art. 49): el administrador, el revisor fiscal y los propietarios pueden impugnar decisiones que no se ajusten a la ley o al reglamento.
- Nulidad (art. 45): las decisiones que contraríen las reglas de quórum y mayorías son absolutamente nulas.
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Seis datos que no pueden faltar
- Quién votó: unidad, torre y propietario o apoderado.
- Qué votó: la opción elegida en cada pregunta.
- Con qué peso: el coeficiente de copropiedad.
- Cuándo: fecha y hora del voto y del cierre.
- Quórum y mayoría: calculados sobre coeficientes.
- Soporte descargable: un archivo por unidad que se anexa al acta.
El histórico también es memoria
Los consejos cambian y los administradores rotan. Sin histórico, cada asamblea empieza de cero y se repiten discusiones ya resueltas. Con un registro ordenado, el nuevo consejo puede consultar qué se aprobó, con qué votos y con qué compromisos.
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Cómo lo resuelve TREBET
En TREBET, cada votación registra quién votó, qué votó, cuándo y con qué coeficiente; el quórum y la mayoría se calculan sobre coeficientes; la votación se cierra automáticamente; y el resultado se descarga en Excel con el detalle por unidad (validez legal · asambleas).
Si el conjunto usa el módulo Consejo, el acta queda con firma electrónica de presidente y secretario, fecha, hora y una huella que permite detectar cambios posteriores. La Ley 527 de 1999 reconoce valor probatorio a los mensajes de datos y admite la firma electrónica. Es una firma electrónica, no una firma digital certificada ante la ONAC; si tu reglamento exige otra formalidad, debe cumplirse.
Lo que no se puede demostrar, no se puede defender.
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Contenido divulgativo; no constituye asesoría jurídica.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué debe contener el acta de una asamblea de copropietarios?
- Si la reunión es ordinaria o extraordinaria, la convocatoria, el orden del día, los asistentes con sus unidades y coeficientes, y los votos emitidos, con la firma de presidente y secretario (art. 47).
- ¿En cuánto tiempo deben entregar el acta?
- El administrador debe ponerla a disposición de los propietarios dentro de los 20 días hábiles siguientes a la reunión.
- ¿Quién puede impugnar una decisión de la asamblea?
- El administrador, el revisor fiscal y los propietarios, cuando la decisión no se ajusta a la ley o al reglamento (art. 49).
Ten el soporte listo antes de que te lo pidan
En una demo te mostramos el Excel por unidad que deja cada votación y cómo se firma el acta.


