
Convivencia
Sentencia T-199 de 2026: el ascensor también es para las mascotas
La Corte Constitucional tumbó la prohibición de subir animales de compañía en el ascensor y la exigencia de autorización previa.
Equipo TREBET · · 5 min de lectura

En junio de 2026 la Corte Constitucional resolvió una tutela contra un conjunto que prohibía usar el ascensor para transportar animales de compañía y exigía autorización previa. La Corte consideró que ambas exigencias eran restricciones excesivas e inconstitucionales.
La regla de fondo
El régimen de propiedad horizontal no está por encima de la Constitución: ningún reglamento interno, por legítimo que sea su propósito, puede desconocer derechos fundamentales.
Eso no significa que no se pueda regular. Significa que las reglas deben ser razonables y proporcionadas: horarios, uso de correa o bozal según el caso, y responsabilidad del tenedor son medidas distintas de una prohibición absoluta.
Qué revisar en tu reglamento
- Prohibiciones absolutas de circulación de mascotas por zonas comunes o ascensores.
- Permisos previos o registros que condicionen el uso de un bien común.
- Sanciones que no estén previstas en el reglamento ni en la ley.
¿Quieres llevar esto a tu conjunto?
Hablemos

