
Contabilidad
Revisor fiscal: cuándo es obligatorio y cuánto cuesta en 2026
Qué dice la ley para conjuntos residenciales y mixtos, quién lo nombra y en qué rangos se mueven hoy los honorarios.
Equipo TREBET · · 6 min de lectura

La Ley 675 obliga a tener revisor fiscal en los conjuntos de uso comercial o mixto. En los residenciales la asamblea decide si lo nombra, salvo que el reglamento del conjunto ya lo exija, cosa frecuente.
Quién lo nombra y qué perfil debe tener
- Lo elige la asamblea, no el administrador ni el consejo.
- Debe ser contador público con tarjeta profesional vigente.
- No puede ser propietario ni tener relación laboral o comercial con el administrador: su valor es la independencia.
Honorarios de referencia
En el mercado colombiano de 2026 se manejan rangos aproximados de $500.000 a $1.500.000 mensuales en copropiedades pequeñas, $1.500.000 a $3.000.000 en medianas y de $3.000.000 en adelante en grandes o comerciales. El rango depende del número de unidades, del volumen de operaciones y de si hay nómina propia.
La revisoría fiscal no reemplaza la contabilidad: revisa que lo que se registró sea lo que ocurrió.
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